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Rehabilitación energética

Rehabilitación energética

Situación actual

España cuenta con 25 millones de viviendas y uno de los mayores parques de edificios obsoletos energéticamente.

Se calcula que hay unos 2.000.000 de viviendas en mal estado de conservación.
En materia de eficiencia energética el déficit es muy importante: el 90% de los edificios son anteriores a la aplicación del Código Técnico de la Edificación, y el 60% de las viviendas españolas se construyeron sin ninguna normativa de eficiencia energética (son anteriores a la aplicación de la norma NBE-CT 79).

La importancia de la rehabilitación energética

Rehabilitar edificios significa garantizar una mejora significativa en la calidad de vida de sus habitantes. A través de la rehabilitación energética es posible mejorar la habitabilidad de los espacios y aumentar el valor del inmueble en el mercado inmobiliario. Además, la rehabilitación energética de edificios también representa un ahorro significativo para los propietarios a largo plazo, ya que conlleva una reducción de los gastos de mantenimiento.

Es importante destacar que la rehabilitación energética de los edificios no solo mejora la calidad de vida de los habitantes, sino que también tiene un impacto positivo en el medio ambiente. A través de técnicas y materiales sostenibles, es posible reducir el consumo de energía y minimizar la huella de carbono del edificio.

En definitiva, la rehabilitación energética de los edificios es una inversión que ofrece múltiples beneficios a corto y largo plazo, no solo para los propietarios sino también para la comunidad en general.

Rehabilitar los edificios supone una mejora de la habitabilidad, del valor de los mismos y un ahorro en el consumo energético para sus propietarios y los que los habitan.

Es el momento de la rehabilitación energética!

En ArquiTécnicos Granada® gestionamos y tramitamos las ayudas de Fondos Next Generation para edificios residenciales.

Convocatoria de subvenciones en materia de rehabilitación energética residencial

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda publicó la Orden de 1 de junio de 2023 que modifica la Orden de 26 de septiembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, para la mejora de la eficiencia energética en viviendas, para la elaboración del libro del edificio existente y para la redacción de proyectos de rehabilitación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Línea 3. Subvenciones para la rehabilitación a nivel edificio

Las subvenciones para la rehabilitación a nivel edificio tienen por objeto la financiación de obras o actuaciones en edificios de tipología residencial colectiva incluyendo sus viviendas, y en viviendas unifamiliares en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética.

Actuaciones subvencionables
  •      Actuaciones de mejora o rehabilitación en las que se obtenga:
    • Reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos el 30%.
    • y reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos 35% en zonas climáticas D y E y 25% en zona climática C.
      • No exigible en edificios protegidos.
      • Posibilidad de considerar actuaciones realizadas en los últimos 4 años.
  • Coste de gestión, honorarios profesionales, gastos de tramitación administrativa, etc.
  • No subvencionables los costes de licencias, tasas, impuestos y tributos, salvo el IVA.
Importe de las subvenciones

Cuando el proyecto haya recibido subvención de la línea 5.2 para su redacción, se descontará de la cuantía con cargo a esta línea.

Cuantía adicional por retirada de amianto: 100% del coste de la retirada hasta 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio.

Línea 4. Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas

Las subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas tienen por objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios de tipología residencial colectiva.

Actuaciones subvencionables
  •      Actuaciones de mejora en las que se obtenga:
    • Reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos el 30%.
    • o reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos 7%
    • o modificación o sustitución de elementos de la envolvente térmica que cumplan valores de transmitancia térmica y permeabilidad del aire establecidos en el CTE.
Importe de las subvenciones
  • Coste mínimo de la actuación o superior a 1.000 euros.
  • 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros.
Línea 5. Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente y la redacción de proyectos de rehabilitación (Líneas 5.1. y 5.2.)

Las subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente tienen por objeto la financiación de los gastos de honorarios profesionales para la emisión del libro del edificio existente para la rehabilitación.

Las subvenciones para la redacción de rehabilitación tienen por objeto la financiación de los gastos de honorarios profesionales para la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios.