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Informes periciales

Informes periciales

El informe pericial es un documento técnico que, como instrumento, sirve como apoyo a un juez u otro órgano, público o privado, en el asesoramiento sobre aquella materia que desconoce. En Arquitecnicos Granada® le garantizamos informes objetivos y con el mayor rigor técnico que la experiencia y especialización de nuestros técnicos puedan encontrar en el mercado.

Tipos de informes periciales

A continuación, exponemos un listado no exhaustivo de aquellas situaciones en las que podemos actuar pericialmente:

La patología de la edificación es la ciencia que estudia alteraciones o anomalías dañosas (más o menos graves), que se manifiestan en los elementos constructivos de un edificio mediante un conjunto de síntomas (indicios) y/o de daños característicos (patologías) que afectan a su funcionalidad, seguridad y habitabilidad, poniendo de manifiesto la existencia de un proceso patológico.

1.1. OBRA NUEVA
Fisuras, grietas, humedades, acabados, daños a colindantes, aislamiento térmico y acústico, cubiertas, instalaciones, carpinterías, piscinas, etc.

1.2. OMISIÓN DEL DEBER DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
Fisuras, grietas, humedades, acabados, daños a colindantes, aislamiento térmico y acústico, cubiertas, instalaciones, carpinterías, piscinas, etc.

El informe de valoración y tasación es el documento por el que se obtiene, mediante diferentes métodos establecidos por normativa, el valor de una edificación, construcción, suelo urbano o parcela rústica concreto. Dicho valor depende de diferentes factores, como son ubicación, orientación, antigüedad, superficie, estado de conservación, reformas realizadas, entre otros, que se comparan con otros inmuebles de similares características (testigos o comparables).

2.1. EXPROPIACIONES

La expropiación es una técnica jurídica por la que se transfiere la propiedad privada, desde su titular, a la Administración Pública, mediante indemnización.

2.2. ASESORAMIENTO VALOR DE MERCADO

Se realizan para operaciones entre particulares, compraventa, alquiler, inversiones, liquidaciones, fondos de comercio, herencias, separaciones, embarcaciones… En ocasiones también se solicitan para la determinación de valores normales de mercado en operaciones vinculadas.

Este tipo de informes, no tienen requisitos legales que cumplir, son sencillamente una opinión fundada en los conocimientos, experiencia y buen hacer de la persona que la emite. Pese a ello, para determinar un valor de mercado de los inmuebles seguimos la orden ECO 805-2003 porque constituye la normativa de referencia en el sector de la valoración inmobiliaria.

2.3. REPARTO DE HERENCIAS

No en pocas ocasiones se necesita valorar todo el patrimonio inmobiliario de una familia que ha de repartirlo en una herencia. Estos informes de valoración llegan a determinar no sólo el valor de mercado, sino el reparto según las últimas voluntades o lo que legalmente esté establecido.

2.4. JUSTIFICACIÓN DEL PRECIO DE VENTA PARA EL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES

La tasación pericial contradictoria se utiliza para rebatir y corregir aquellas valoraciones que realiza la Administración Pública y que nos puede generar un coste en el impuesto de transmisiones patrimoniales desproporcionado.

El informe urbanístico abarca una gran cantidad de temas que giran en torno a esta temática tan especializada como es la materia urbanística. Desde proporcionar la información de las condiciones urbanísticas que reúne una parcela, un solar o una edificación, pasando por reclamaciones por incumplimientos de convenios o acuerdos con las Administraciones Públicas, hasta la defensa por expedientes incoados por una posible infracción urbanística.

Informe técnico destinado a obtener la regularización de edificaciones, construcciones e instalaciones irregulares terminadas que se realizaron al margen de la legalidad urbanística y sobre las que no resulte posible adoptar las medidas de protección de la legalidad urbanística ni el restablecimiento del orden jurídico perturbado por haber transcurrido los plazos de prescripción establecidos en la Ley.

4.1. AFO’S EN SUELO URBANO CONSOLIDADO

4.2. AFO’S EN SUELO NO URBANIZABLE

Informe pericial destinado al estudio y análisis de cualquier tipo de servidumbre (carga impuesta sobre un predio en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño) definida en el Código Civil (Título VII relativo a Las Servidumbres, artículos del 530 al 604) y que tiene incidencia directa o indirecta con edificaciones, construcciones, solares urbanos y parcelas rústicas.

Informe pericial que se requiere para defender posibles invasiones de particulares sobre las servidumbres de las acequias, como dominio público hídrico, así como daños que se pueden causar a éstas por excederse en la ocupación de su espacio reservado.

Artículo 293.3 del Decreto 550/2022:

“Las declaraciones responsables para la ocupación o utilización referidas a edificaciones existentes en las que no sea preciso la ejecución de ningún tipo de obra de reforma o adaptación, deberán acompañarse de certificado, descriptivo y gráfico, suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio profesional, cuando así lo exija la normativa estatal, en el que conste la terminación de la obra en fecha determinada, la descripción del estado de conservación del edificio y las instalaciones con que cuenta y acredite, en atención de las circunstancias anteriores, la aptitud del mismo para destinarse al uso previsto; así como la identificación catastral y registral del inmueble, la representación gráfica georreferenciada y las condiciones urbanísticas vigentes. Se adjuntará igualmente la documentación justificativa del correcto funcionamiento de las instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora y, en su caso, certificación emitida por las empresas suministradoras de los servicios públicos, de que las redes son accesibles desde la edificación sin precisar nuevas obras, y de ser viable dicha acometida.”